POLITICA DE INVERSIONES FINANCIERAS DE REDES
INTRODUCCIÓN: MOTIVACION Y CONTEXTO
REDES valora y mantiene una forma de gestión caracterizada por la sencillez y austeridad de sus recursos económicos. Esto encaja con los criterios éticos que propone el Código de Conducta de las ONG de Desarrollo: responsabilidad, transparencia, austeridad, respeto a la voluntad de los donantes, reducción de riesgos y orientación al logro de los objetivos y misión de la Asociación.
Con esta Política de inversiones financieras se quiere gestionar de forma eficiente los recursos financieros, teniendo en cuenta las consideraciones ético-sociales oportunas.
NORMATIVA DE REFERENCIA
El Código de Conducta de las entidades sin ánimo de lucro para la realización de inversiones temporales en el ámbito del mercado de valores establecido por Acuerdo de 20 de noviembre de 2003, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
ALCANCE DE LA POLITICA
REDES se financia fundamentalmente con las cuotas de sus entidades socias. No obstante puede disponer de tres tipos de fondos para su financiación:
– Fondos públicos, provenientes de subvenciones de administraciones públicas para la realización de proyectos o actividades determinadas y sometidos a una normativa legal y administrativa para su adjudicación, gestión y justificación.
– Fondos privados finalistas, provenientes de aportaciones de personas físicas o de personas jurídicas (empresas, fundaciones, Iglesia) para una finalidad concreta, normalmente, como apoyo a la realización de un proyecto determinado.
– Fondos privados no finalistas, provenientes de aportaciones de personas físicas o de personas jurídicas (empresas, fundaciones, iglesia) sin una finalidad determinada, por tanto, para el funcionamiento general de REDES.
Este documento quiere establecer los principios y criterios para la realización de inversiones financieras con estos diferentes tipos de fondos.
PRINCIPIOS BASICOS Y CRITERIOS DE APLICACIÓN
CONCEPTO
Se entienden por inversiones financieras tanto los depósitos, préstamos, cesiones de activos o cualquier otra cesión de capitales a terceros con obligación de restitución, como los valores e instrumentos financieros destinados a rentabilizar el efectivo de REDES. Todo ello conforme a las definiciones contenidas en la Resolución del Banco de España de 19/12/03 y el Acuerdo de la CNMV de 20/11/03.
PRINCIPIOS
El principio fundamental que guiará la inversión de los recursos será el de prudencia, en orden a preservar el patrimonio de la Asociación frente a los riesgos de cambio o de mercado. De conformidad con este principio se evitará el uso especulativo de los recursos financieros, quedando prohibidas en todo caso las siguientes operaciones (art. 2.II .3 del Acuerdo citado de la CNMV):
- Ventas de valores tomados en préstamo al efecto.
- Operaciones intradía.
- Operaciones de futuros y opciones salvo las realizadas con fines de cobertura.
- Cualesquiera otras de análoga naturaleza.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Para la selección de las inversiones financieras temporales se seguirán los criterios de seguridad, liquidez, solvencia, rentabilidad, diversificación del riesgo, no especulación y se tendrán en cuenta valores éticos y morales.
- Valores éticos y morales: se valorará que los emisores de las inversiones tengan como principios de actuación la justicia social, la solidaridad, el respeto a los derechos humanos y la protección del medio ambiente. En especial se priorizará la Banca Ética.
- Se entiende por seguridad, la razonable certeza de la recuperación íntegra de la inversión. Bajo este criterio, REDES sólo operará con activos o valores de renta fija emitidos por el Estado, las entidades españolas públicas o privadas de reconocida solvencia.
- Se entiende por liquidez la posibilidad de hacer efectiva la recuperación de la inversión en el momento deseado.
- Se entiende por solvencia a la capacidad financiera (capacidad de pago) de la empresa para cumplir sus obligaciones de vencimiento a corto plazo y los recursos con que cuenta para hacer frente a tales obligaciones. Es contar con los bienes y recursos suficientes para respaldar los adeudos que se tengan contraídos, aún cuando estos bienes sean diferentes al efectivo.
- Se entiende por rentabilidad el interés o rendimiento financiero conseguido por la inversión. Bajo este criterio, REDES buscará la optimización de sus inversiones, aunque subordinándola siempre a los criterios previos de seguridad, solvencia, liquidez y ética.
- Se entiende por diversificación la adecuada distribución de las inversiones entre los diversos valores y demás activos financieros, así como de sus emisores. Bajo este criterio, REDES procurará que en todo momento haya un equilibrio entre ellos, de manera que se compensen entre sí los riesgos y las oportunidades de inversión.
- No especulación: Se evitará la realización de operaciones que respondan a un uso meramente especulativo de los recursos financieros.
REQUISITOS PARA LA APLICACIÓN DE LA POLITICA
El Grupo de Representación de REDES es el que tiene la responsabilidad de establecer y aprobar la Política de inversiones financieras. También supervisará el cumplimiento de sus criterios.
Se publicará esta Política de inversiones financieras en la página web de la Asociación para su conocimiento público.
Esta Política de Inversiones Financieras se aprueba en el Grupo de Representación de REDES, celebrado el día 22 de junio de 2021.